La Agencia Tributaria ya ha empezado esta primavera con las campañas acerca de la Declaración de la renta 2018. Durante este periodo todas las personas contribuyentes deberán presentar su declaración por el IRPF y dar constancia de todo lo que han pagado mes a mes. Para que no tengas ninguna duda acerca de estos trámites, aquí te dejamos una explicación sobre cómo declarar tu renta con facilidad y todas las fechas para poder hacerlo.
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El IRPF es el Impuesto de la Renta de Personas Físicas. Este impuesto es personal y mide la renta total alcanzada durante un año natural por los contribuyentes residentes en España. Todos los contribuyentes están obligados a presentarla, menos los que ingresan una cantidad inferior a 22.000 euros brutos anuales (caso de tener un solo pagador). Las personas que deben hacer estos tramites son:
Para estar seguro de si es tu caso o no puedes consultarlo con tu asesor fiscal o consultarlo con el borrador de la renta en la AEAT (Agencia Tributaria).
La renta debe ser presentada para comprobar si en alguna ocasión durante el año se ha pagado impuestos de más. Si es así Hacienda devolverá el dinero, y si por lo contrario se ha pagado de menos, entonces se deberá abonar una cuota extra a la Agencia Tributaria en compensación.
Aquí te dejamos el calendario de la declaración de la Renta de este 2018 para que no te pierdas ninguna fecha importante.
Solicitud para número de referencia | Declaración renta | Presenta elborrador | Cita previa | Atención presencial oficinas | Plazo máximo para presentar borrador y declaración 2017 | Final trámites |
15/03/18 | 04/04/18 | 04/04/18 | 08/05/18 | 10/05/18 | 27/06/18 | 02/07/18 |
Los contribuyentes contamos con diversas vías para poder hacer la declaración de la renta.
El borrador de la renta es documentación que se le envía a la AEAT (Agencia Tributaria) como propuesta. Esta es documentación del año anterior y Hacienda debe considerar nuestras retenciones e ingresos haciendo una estimación. La propuesta puede confirmarse y hacerse definitiva, por lo que puedes enviar el borrador vía web, telefónica o en las oficinas de la Agencia Tributaria.
El año pasado la Agencia Tributaria puso a disposición de todos una App que permite a los contribuyentes presentar su declaración de la renta por vía online. Para poder realizar este tramite primero debes descargar la App e ingresar en los “Servicios personalizados” con la identificación (numero de referencia). El numero de referencia puedes obtenerlo con tu NIF y su fecha de validez, la casilla 450 de la declaración de la renta del año anterior o con la “Clave PIN” (certificado electrónico).
Además de la App, los contribuyentes también cuentan con la web online “Renta Web”, a la que pueden entrar mediante un numero de referencia personal. Para conseguirlo necesitas un registro previo. Puedes modificar todos los datos de la “Renta Web” a través de la “Clave PIN” o el código de referencia. Los datos acerca de tu renta se introducen de manera automática y la página web valorará cual es el más adecuado para ti.
Como ya hemos dicho anteriormente, la Agencia Tributaria da la oportunidad a los contribuyentes de realizar la declaración de la renta vía telefónica. En el momento de la llamada será necesario otorgar su NIF y su numero de referencia. El plan “Le llamamos” será ofrecido por los asistentes, un programa que facilita citas de 15 minutos entre las 9 y las 20:30 horas dependiendo de la disponibilidad. La fecha escogida será el día en que la AEAT llamará para completar la declaración de la renta.
Los contribuyentes tendemos a ponernos nerviosos a la hora de esperar por la devolución del dinero después de la declaración de la renta, y es bastante normal y habitual. Normalmente la devolución tienden a hacerla a través de una transferencia bancaria, pero también cabe la posibilidad de obtener un cheque cruzado o nominativo.
Para obtener este último el contribuyente deberá enviar un escrito para la AEAT donde explique su situación y la razón por la cual quieren un cheque en vez de una transferencia bancaria. Esto último también vale para las personas que no tienen abierta una cuenta bancaria.
El dinero, por su parte, no será devuelto de forma automática. Tardará entre 2 a 10 días en llegar, aunque es importante tener en cuenta que la AEAT cuenta con seis meses de margen desde que empieza hasta que acaba el periodo de presentación de la declaración de la renta. Además, si la AEAT notifica cualquier error en tu declaración, puede cambiar el dinero a pagar y alargar un poco más los tramites de tu devolución. Si no es ninguno de estos casos y el dinero no llega, entonces automáticamente la AEAT suma cargos de interés de demora en tu dinero a devolver sin que tu lo pidas, contando desde el primer día de retraso hasta el último.
Esperemos que os haya servido de ayuda y logréis hacer vuestra declaración de la renta con facilidad.
CEO de Marketers Group. Agencia de marketing digital especializada en servicios de SEO, Publicidad digital y Business Analytics. Director del portal Tiempodenegocios.com. Formador in-company para empresas como Bayer, Roche, Evercom, Claró Partners entre otras.
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