Principales cambios y novedades en el IVA para este año

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Este 2018 ha sido un año lleno de cambios constantes tanto en el tema fiscal como en el laboral. Por eso, y por consecuente por el fraude fiscal, el IVA ha sido motivo de muchos cambios y novedades para este nuevo año. La recaudación tributaria también ha sufrido varios cambios y la adaptación al ámbito online ha sido uno de ellos. En este artículo os pondremos al día acerca de las modificaciones, cambios y novedades en el IVA para este 2018.

Devolución del IVA a los turistas

Este nuevo sistema de solicitud de devolución del IVA permite a los viajeros requerir el reintegro del IVA por la compra de bienes fuera de la Unión Europea. Todo esto debe ser soportado por una factura valida y no importa el valor de esta (antes había limitaciones de precio). Por cuestiones de desplazamiento y distancia no es necesario presentarse de manera personal a la aduana. Los turistas que lo soliciten pueden hacer uso del nuevo sistema electrónico de reembolso y gestionar la devolución del IVA de manera online. Este método pasará a ser obligatorio en 2019.

Este año también ha salido una ley que obliga a los comerciantes a informar acerca de la venta a un ciudadano no perteneciente a la Unión Europea. El vendedor deberá informar a la Agencia Tributaria mediante un correo electrónico acerca de los gastos de facturación, obteniendo un DER como respuesta (Documento Electrónico de Reembolso). Este documento será entregado al viajero y este podrá entregarlo a cualquiera de las maquinas que hay en los puertos y aeropuertos de España. A partir de aquí empezarán los procedimientos de devolución del IVA de la Agencia Tributaria.

Novedades en los modelos 303, 390 y 347

Este 2018 todos los empresarios obligados al SII (Suministro Inmediato de Información) deberán añadir nueva información a sus modelos de empresa.

  • En el modelo 303 se deberá incluir información acerca del volumen de operaciones en consecuencia del IVA, CNAE (Código Numérico de las Actividades Económicas), información del porcentaje de operaciones en territorio común, territorio foral, etc.
  • Para el modelo 390 (resumen anual del IVA) los cambios serán la desaparición del programa de ayuda y la implantación de una aplicación web para su uso. A partir de este 2018 solo se podrá presentar por formulario, fichero o por presentación personal y directa. La opción de pre-declaraciones queda también eliminada. Para hacer este trámite más cómodo y tener todas tus gestiones controladas durante el año, puedes ayudarte de distintos programas y softwares para ahorrar tiempo y agilizar los procesos. DevoluIVA ofrece un servicio de digitalización de gastos y te facilita automáticamente las facturas para que puedas reducir el IVA que te corresponde, con garantías.
  • Habrá ciertas modificaciones en el plazo de la entrega y presentación del modelo 347, ya que se deberá presentar en enero de 2019 a partir de los trámites hechos en 2018. En 2019 deberemos comunicar a la AEAT nuestro modelo 347.

Novedades en el IVA con el suministro Inmediato de Información y en materia de facturación

  • Modificaciones en el Régimen especial de bienes usados, antigüedades, objetos de colección y arte y en el Régimen de agencias de viaje. Será necesario plasmar en el libro de registro la cantidad completa de la operación. Todo esto deberá ser plasmado en el lugar de la base imponible, el tipo impositivo y la cuota tributaria.
  • Autorizaciones para simplificación de asientos: la AEAT autorizará a los sujetos pasivos para que no notifiquen las menciones y la información en los libros de registro de Impuestos.
  • Libros de registro electrónicos: las personas que lo requieran pueden utilizar la vía online con el Certificado Electrónico para firmar el libro de registro electrónico.
  • Rectificación de facturas: el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT tendrá la posibilidad de autorizar otros procesos de rectificación de facturas, con solicitud de interesados.
  • Plazo para remitir facturas rectificativas: el plazo se contará en función de la fecha en la que se expide la rectificativa en lugar del día de la operación.

Reducción de capital y Devolución de prima de emisión

A partir de este año, las modificaciones puestas en marcha remiten que todas aquellas personas o entidades que intermedien una operación de retención (ya sea notarios, establecimientos de crédito, intermediarios…), deberán informar de ella primero.

Periodos de liquidación trimestral o mensual para el IVA 2018

Desde el día 1 de enero dejará de ser obligatorio liquidar mensualmente el impuesto a los sujetos pasivos que hayan decidido entregar los libro registros en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Deberán hacerlo, eso sí, si alguna circunstancia lo demanda.

Nuevas rectificaciones registrales

La rectificación implica que los profesionales, trabajadores y empresarios que se equivoquen a la hora de dar las anotaciones registrales deberán rectificarlas. La rectificación deberá darse a cabo al finalizar el periodo de liquidación. Esta se hará a través de una anotación que permitirá saber el impuesto una vez practicada la rectificación final. Deberá ser in situ al momento en el que se notifica el error.

¿Qué te han parecido los principales cambios y novedades en el IVA para este 2018?

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