Requisitos y Ventajas del contrato 289

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El mercado de trabajo español es un poco caótico y existen multitud de contratos, cada uno con una serie de requisitos que hay que cumplir por parte de la empresa y del empleado.

Dentro de esta maraña tenemos el 289, destinado a incorporar al mercado de trabajo a jóvenes sin experiencia y sin formación.

Requisitos que la empresa y el empleado deben cumplir

No todo el mundo puede tener este contrato, ya que el Gobierno ha puesto una serie de requisitos con el fin de que no se abuse de él y se aprovechen sus ventajas para contratar a personas con experiencia.

Así, el trabajador que va a firmar el contrato 289 debe de tener menos de 30 años, un requisito que se flexibiliza si existe alguna discapacidad. En este caso la edad se amplía a 35 años.

Además, el candidato a firmarlo tiene que estar desempleado, con todas las renovaciones del paro en vigor y en los dieciocho meses anteriores a la firma ha tenido que constar, al menos, un año inscrito como desempleado.

Como la idea de este contrato es que los jóvenes adquieran práctica, otro de los requisitos es no tener experiencia o que sea menor de tres meses. Además, hay que venir de otro trabajo distinto y no se puede tener ningún título oficial, ni siquiera los más básicos como el de la ESO.

Por último, hay que ser beneficiario del programa de Garantía Juvenil, el cual se solicita en el SEPE.

La empresa también debe cumplir algunos requisitos, aunque son mucho más simples: solo puede firmar este contrato con trabajadores inscritos como desempleados y tiene que estar al corriente de los pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

¿Qué ventajas tiene este contrato?

Para el empleado las ventajas son evidentes. Sale del desempleo, se incorpora a una empresa en la que se va a formar y va a adquirir una experiencia laboral que de otro modo le sería imposible de tener.

Eso lo ayudará en sucesivos trabajos, ya que cuando busque empleo podrá decir que tiene experiencia demostrable.

Además, cotizará para el desempleo y ayudará a mantener el sistema asistencial del que él mismo disfrutará.

La empresa también tiene una serie de ventajas con estos contratos, pues de lo contrario nos los ofrecería.

Entre ellas está el poder tener un trabajador con el cual se va a ahorrar dinero en las cuotas a la Seguridad Social y que va a tener un sueldo menor al de los empleados con experiencia.

Es cierto que en un principio puede que este trabajador sin experiencia no sea demasiado productivo, pero con el paso de las semanas su productividad se acercará mucho a la del resto de trabajadores con un coste mucho menor.

En determinado tipo de empresas necesitan formar a sus propios empleados, debido al tipo de operaciones que desarrollan, puesto que hay maneras de trabajar que no se aprenden ni siquiera en la Formación Profesional. Este contrato es una forma de poder enseñarles y contratarlos a un precio muy ventajoso.

Qué significa el código de contrato 289

El 289 es el código con el que la Seguridad Social identifica en el parte de alta el contrato indefinido a tiempo parcial acogido a la conversión de un contrato formativo o en prácticas. Aparece en la casilla «tipo de contrato» de la vida laboral y del alta, y es lo que se busca cuando alguien pregunta qué significa el código de contrato 289.

Conviene entender la lógica: los tres dígitos no son un número interno de la empresa, sino una clasificación oficial. El primero indica la modalidad —indefinido, temporal, formativo—, y los dos siguientes concretan la variante y la bonificación asociada. Por eso dos trabajadores con el mismo puesto pueden tener códigos distintos si uno entró por conversión y otro no.

Si el código de tu contrato no coincide con lo que firmaste, pídelo por escrito a la empresa y comprueba tu informe de vida laboral en la Seguridad Social: el código condiciona bonificaciones, indemnización y prestación por desempleo.

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